Modelo de Riesgo

Riesgos de una Entidad de Contraparte Central (ECC, CCP)

Los riesgos que una ECC debe administrar corresponden a los siguientes:

Riesgo Sistémico

Son los riesgos que podrían surgir de interconexiones o interdependencias significativas entre miembros del sistema financiero que podrían causar una inestabilidad financiera generalizada, si una institución no es capaz de cumplir sus obligaciones con sus contrapartes.
Las ECC seguras y eficientes atenúan el riesgo sistémico. Sin embargo, cabe la posibilidad de que las propias ECC estén expuestas a un riesgo sistémico, ya que la incapacidad de uno o más participantes para actuar como se esperaba puede causar que otros participantes no puedan cumplir sus obligaciones cuando es necesario.
En esas circunstancias, es posible que haya diversos efectos indirectos y que la incapacidad de una ECC para completar una liquidación podría tener consecuencias perjudiciales para los mercados a los que presta servicios y para la economía en su conjunto.

Riesgo de Crédito de Contraparte

Las ECC enfrentan el riesgo de pérdida por el incumplimiento de un Participante, típicamente como consecuencia de su insolvencia. Este riesgo de crédito de contraparte puede tener dos dimensiones:
a) Pre-liquidación o costo de reemplazo, que consiste en la pérdida que se puede generar al reemplazar los contratos vigentes con el Participante Incumplidor, y
b) El riesgo de liquidación o riesgo de principal, que consiste en la pérdida que se puede generar por la no entrega o falta de pago del Participante Incumplidor.

El costo de reemplazo se funda en que la ECC mantiene la obligación con el resto de los Participantes, por lo que deberá adoptar las medidas que sean necesarias para evitar asumir el riesgo de mercado. En este caso, la ECC entra al mercado a comprar o vender, a precios del momento, contratos idénticos a aquellos vigentes con el Participante Incumplidor, generándose un costo de remplazo, toda vez que los contratos en que es parte el Participante Incumplidor, deban venderse a precios más bajos o deban comprarse a precios más altos que los originalmente pactados. La magnitud de este riesgo de costo de remplazo depende de:
a) La volatilidad de los precios de los contratos.
b) El tiempo transcurrido entre las fechas de transacción y el incumplimiento del Participante.
c) El tamaño de las posiciones que deben ser remplazadas.

El riesgo de liquidación consiste en que las ECC pueden incurrir en grandes exposiciones de crédito en la fecha en que el monto total del principal deba liquidarse. Esto sólo ocurre en los contratos “Entrega contra Pago” (DvP por sus siglas en inglés) y la entrega no se materializa. En efecto, si un instrumento es entregado antes de recibir el pago, el que entrega corre el riesgo de perder todo el valor del instrumento, mientras que si el pago se realiza antes de la entrega, el pagador arriesga perder el total del monto pagado. En los contratos por compensación, el riesgo de liquidación dice relación con el pago de la posición acreedora resultante.

Riesgo de liquidez

Una ECC tiene la obligación de efectuar una amplia variedad de pagos, incluyendo traspasar ganancias generadas en los contratos vigentes, pagos de dividendos o intereses, devolver los excesos de garantías o el pago de entregas. La ECC debe cumplir oportunamente sus obligaciones con los Participantes Cumplidores, quedando expuesta a un riesgo de liquidez, en caso de existir uno o más Participantes Incumplidores.
Por otra parte, una ECC puede recurrir a diversas alternativas para cumplir con sus obligaciones de pago. Algunas de estas alternativas son los activos de los Participantes Incumplidores, el Fondo de Garantía, el patrimonio de la ECC. El riesgo de liquidez radica en que las ECC puedan contar oportunamente con los recursos para enfrentar situaciones de incumplimiento, debido a que la mayoría de estas fuentes de recursos deben liquidarse en procesos extensos y costosos.

Riesgo de Banco Liquidador

Las ECC enfrentan el riesgo de que quien no honre sus obligaciones sea el banco liquidador en donde se mantienen las garantías en efectivo y los fondos disponibles para realizar las liquidaciones con los Participantes. Tal evento produciría presiones de crédito y liquidez para las ECC. La magnitud de estas presiones dependerá de los montos adeudados a los Participantes que estén utilizando ese banco liquidador, los términos del acuerdo de liquidación entre la ECC y el banco liquidador. Varios Participantes pueden estar usando el mismo banco liquidador, resultando en que la exposición total del ECC al banco liquidador puede exceder por mucho la mayor exposición a un Participante. En consecuencia, el efecto de esta exposición puede resultar en un evento particularmente severo para la estabilidad financiera.

Riesgo de Custodia

Las ECC administran el riesgo de crédito de contraparte, exigiendo a los Participantes la entrega de garantías que respalden sus exposiciones, manteniéndolas en un custodio.
Asimismo, las ECC también pueden decidir invertir parte de su patrimonio en instrumentos financieros que luego son confiados a un custodio. Este mecanismo de custodia también representa un riesgo, toda vez que la entidad respectiva puede actuar negligentemente en el cumplimiento de sus obligaciones, cometer fraude, o volverse insolvente, resultando en la pérdida de las garantías o patrimonio. Cabe destacar también, que la capacidad de los sistemas operativos del custodio, puede afectar la oportunidad en que las ECC dispongan de los instrumentos que se mantienen en custodia.

Riesgo de Inversión

Las ECC invierten las garantías y su patrimonio en instrumentos financieros. El riesgo de inversión surge del potencial incumplimiento de los emisores de dichos instrumentos.

Riesgo Operacional

El riesgo operacional para una ECC lo define el Comité de Sistemas de Pago y Liquidación del BIS, como “el riesgo de que las deficiencias que puedan producirse en los sistemas de información o procesos internos, errores humanos, fallos de gestión o alteraciones provocadas por acontecimientos externos deriven en la reducción, deterioro o interrupción de los servicios prestados por una Infraestructura de Mercado Financiero (IMF)”.

Riesgo Legal

El riesgo legal consiste en las pérdidas que puedan generarse para una ECC, como consecuencia de la aplicación imprevista de una ley y/o de un reglamento y/o normativa, de la falta de certeza sobre su ámbito de aplicación.

Riesgo del Negocio

Son los riesgos propios de la administración y operación de la ECC. Se refiere al potencial deterioro de la ECC por la disminución de sus ingresos o al crecimiento de sus gastos, resultando en una pérdida patrimonial. Este deterioro puede ser el resultado de efectos reputacionales adversos, mal diseño o ejecución de la estrategia de negocios, respuesta no efectiva a la competencia, pérdidas en otras líneas de negocios de la ECC, su controlador u otros factores de negocios. Una falla en la administración del riesgo de negocio, puede resultar en una degradación del servicio, o incluso en una interrupción de las operaciones de la ECC.

Políticas Generales de Riesgo de Comder

Políticas de Tolerancia al Riesgo

Comder mantendrá invariablemente una política conservadora ante los riesgos, es decir, no asumirá riesgos innecesarios, por lo que los evitará cuando sea posible o en su defecto tomará las acciones apropiadas para reducirlos o compartirlos. Asimismo, actuará con máxima prudencia en la administración de sus riesgos, ponderando en su análisis, consideraciones que no exacerben situaciones de riesgo sistémico.

Políticas de Gestión de Riesgo

Comder se alineará con las exigencias de los más altos estándares internacionales que se encuentran contenidos en las recomendaciones CPSS-IOSCO, para la tipificación de riesgos.
Comder adoptará los estándares ISO/BS relativos a Gestión de Riesgos con sus Principios y Guías de Implementación y contará con una infraestructura y una organización adecuada.
Las políticas de riesgo serán aprobadas por el Directorio de Comder y establecerán los lineamientos esenciales, en cuanto a la capacidad de Comder para administrar y controlar sus riesgos.

Comder deberá:
a) Mantener actualizado el inventario de eventos y un mapa integral de riesgos, teniendo en cuenta el impacto y probabilidad de ocurrencia de un evento de riesgo.
b) Supervisar y aprobar la evaluación y tratamiento de riesgos.
c) Velar porque las auditorías externas e internas a los procesos de gestión de riesgos sean adecuadas para asegurar su solidez e integridad.

Modelo de Riesgo de Comder

modelo riesgo

dónde:

Margen de Variación

Comder enfrenta el riesgo de que su exposición a los Participantes pueda cambiar como resultado de las variaciones de precios y tasas de interés. El Margen de Variación corresponde al resultado de las diferencias de las pérdidas y ganancias entre 2 procesos de valorización a mercado.

Al menos diariamente, Comder establecerá su exposición a cada Participante en el SCC. Para ello:

a) Valoriza a precios justos cada Orden de Compensación (OC) vigente y determina sus pérdidas o ganancias.
b) Compensa las pérdidas y ganancias de todas las OC registradas dentro de una misma Cuenta de Posición.
c) Acredita o debitará, según corresponda, el resultado neto de cada Cuenta de Posición en la correspondiente Cuenta de Margen Efectivo.

Margen Inicial

Es el monto de garantías en valores y/o en efectivo que Comder recauda para cubrir potenciales cambios en el valor de mercado de las posiciones del Participante, durante un horizonte de tiempo determinado y que le permitirá pagar el Margen de Variación y/o cerrar las posiciones en caso de un incumplimiento del Participante, en condiciones normales de mercado.
El Margen Inicial sólo puede ser utilizado por Comder para enfrentar Eventos de Retardo y/o incumplimientos del Participante que lo constituyó. Comder mantendrá cuentas de registro separadas para las garantías en efectivo y en instrumentos financieros.
El Margen Inicial se calcula diariamente y la metodología de Valor en Riesgo (VaR) permite definir el escenario de pérdida potencial de mercado, donde pérdidas superiores a ese nivel (en un intervalo de tiempo definido) ocurren con una probabilidad pequeña. Tal pérdida potencial deberá constituirse en un nivel de garantías en el SCC a materializarse de manera diaria al inicio de cada día.

Fondo de Garantía

El Fondo de Garantía es un patrimonio integrado por los aportes que efectúan los Participantes Directos, compuesto por instrumentos financieros y/o efectivo. Comder mantendrá cuentas de registro separadas para las garantías en efectivo y en instrumentos financieros.
El Fondo de Garantía tiene por finalidad cubrir las obligaciones de los Participantes Directos, cuando los Márgenes Iniciales resulten insuficientes.
El Fondo de Garantía se calcula mensualmente, y es la suma de las dos mayores pérdidas potenciales entre Participantes y Clientes, en un conjunto de escenarios de estrés definidos por el Comité de Riesgos.
Los aportes al Fondo de Garantía se distribuyen entre los PD en proporción al promedio de los Márgenes Iniciales de cada PD en los últimos 30 días.
Si la Pérdida Potencial del día supera durante 3 días consecutivos el monto del Fondo de Garantía, Comder hará un llamado extraordinario para incrementar el Fondo de Garantía, por la diferencia.

Cobertura del Modelo de Riesgos de Comder

Los componentes del Modelo de Riesgo permiten afrontar diferentes escenarios desde incumplimientos en condiciones normales de mercado hasta situaciones más extremas.
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