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Ley 20.345: El marco legal para CCP

La ley N°20.345, publicada en junio de 2009, establece el nuevo marco legal para los sistemas de compensación y liquidación de instrumentos financieros, y completa el marco legal de la infraestructura del sistema financiero chileno.
Esta ley permite la constitución de sistemas por parte del sector privado bajo cualquiera de los dos modelos:

• Cámaras de compensación
• Entidades de contraparte central (ECC o CCP)

En ambos casos, serán entidades supervisadas por la CMF, que operarán bajo procedimientos de máxima seguridad y con un adecuado sistema de garantías propias (patrimonio mínimo y fondos de reserva) o de los partícipes (márgenes y fondos de garantía), las que podrán ser utilizadas en caso de incumplimiento.

Conceptos Jurídicos Fundamentales

La ley N°20.345 incorpora varios conceptos jurídicos que son relevantes para el buen funcionamiento de las CCPs, en especial:

El principio de firmeza. Las órdenes de compensación (OC) aceptadas deberán compensarse y liquidarse a todo evento, y ni ellas ni sus resultados pueden ser anulados o dejados sin efecto, ni por las partes ni por terceros, ni siquiera en caso de quiebra.

Reconocimiento de la compensación bilateral y multilateral. Establece un régimen que permite tanto el neteo de obligaciones en caso de insolvencia, como el neteo por novación y neteo multilateral.

Protección de las garantías. Los valores que han sido entregados como garantía por los partícipes están protegidos durante el plazo en que estas estén destinadas a cubrir riesgos en los sistemas, y no pueden ser embargados o requeridos hasta que haya finalizado el ciclo de liquidación.

Leyes relevantes

Ley Nº 20.345
Sobre Sistemas de Compensación y Liquidación de Instrumentos FinancierosRevisar Ley.

 

Ley Nº 18.045
De Mercado de Valores (incluye última modificación introducida por la Ley Nº 20.382, publicada en el Diario Oficial de 20 de Octubre de 2009)Revisar Ley.

 

Ley Nº 18.046
De Sociedades Anónimas (incluye última modificación introducida por la Ley Nº 20.382, publicada en el Diario Oficial de 20 de Octubre de 2009)Revisar Ley.